">https://www.arguments.es/wp-content/uploads/culturadelavida/2014/09/4-800x3981.png"> Esta semana, los medios de comunicación anunciaron que la reforma de la ley el aborto no saldrá adelante. El Partido Popular, por temor a perder votos si promulga esta ley, ha paralizado una reforma anunciada desde diciembre del año pasado. Mucho se ha hablado de la llamada “Ley Gallardón”, pero son pocos los que conocen en qué consiste realmente y en qué difiere de la ley actual. A continuación resumimos en 5 puntos clave lo que supone esta reforma: 1. Con la ley Aído las menores de 16 años podían abortar sin consentimiento paterno. ¿Cómo es posible que un menor de 18 años no pueda beber o fumar, pero sí pueda someterse al trauma que supone el aborto en solitario y sin conocimiento de los padres o tutores. 2. La objeción de conciencia es otro punto sobre el que se apoya la reforma. La nueva ley del aborto garantiza el derecho del médico de oponerse a practicar un aborto, sin presentar cuentas a nadie. Una sociedad que presume de abogar por la libertad de los ciudadanos, no puede obligar a los médicos a que informen sobre sus creencias/ convicciones más íntimas y personales. 3. La nueva ley indica que toda mujer que vaya a abortar reciba información detallada sobre los riesgos y consecuencias físicas y psicológicas que esto conlleva. Después, deberán reflexionar durante una semana sobre su decisión. En Estados Unidos, ya son más de siete los Estados que han promulgado leyes por las que se debe ofrecer a las gestantes toda la información necesaria a fin de garantizar una decisión firme y libre con respecto al aborto. Para que haya una elección libre, tiene que haber información previa. 4. La ley Aído permite que se realice el aborto si el feto presenta alguna malformación o discapacidad. Incluso después de la semana 22 pueden someterse al aborto si las anomalías congénitas son graves. Esto contradice totalmente el convenio que se firmó con las Naciones Unidas, sobre los Derechos de las Personas Discapacitadas. Con la nueva ley, las mujeres no podrán someterse al aborto por malformación del feto, sólo si alegan que esto afecta a su salud mental. 5. La reforma presentada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, garantiza el aborto hasta la semana 12 en caso de violación y hasta la semana 22 si el embarazo supone un riesgo físico o psíquico para la mujer. Con este punto, se vuelve a la situación anterior a 2010, en la que las mujeres que desean abortar puedan hacerlo sólo bajo dos supuestos: violación o peligro para la salud de la madre. Esta medida, garantiza la vida a bebés con un periodo de gestación con el que podrían sobrevvivir fuera del útero materno. Esta nueva ley no es perfecta, ni mucho menos. Ha de venir acompañada por más ayudas, que garanticen el bienestar de las madres y de los niños. No obstante, su aprobación es un primer paso para que llegue el día en que una madre no vea el aborto como su única salida.