Extraído de: Mateo Seco, Lucas F. y Domingo, Francisco. Cristología. Instituto Superior de Ciencias Religiosas. Universidad de Navarra, 2004.
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- 1. La unidad de la Persona: el
ser Cristo - 2. La unidad psicológica de
Cristo - 3. Algunos aspectos de la
unidad personal de Cristo
1. La única filiación de Jesús al Padre

El adopcionismo hispánico es una herejía de corta duración * consistente en afirmar que Cristo en cuanto Dios es Hijo natural del Padre y que en cuanto hombre y cabeza de los hombres es su hijo adoptivo, de forma que mediante nuestra unión con El nos hace participar de su filiación adoptiva. Esta doctrina se extendió a una gran parte de la península ibérica y alcanzó hasta el sur de Francia. Fue rotundamente rechazada por el Papa Adriano (772-795) y por algunos concilios, especialmente los de Frankfurt y el Forojuliense.
Se trata de un adopcionismo que es completamente distinto del adopcionismo trinitario, es decir, de aquel subordinacionismo que considera que entre el Padre y el Hijo existe una subordinación de naturaleza, o que el Hijo es hijo porque ha sido adoptado como tal por el Padre. Piénsese, p.e., en Arrio. El problema de Elipando y Félix no es trinitario, sino cristológico: ellos no dudan de que la segunda Persona de la Trinidad es Dios, sino que no practicaron bien la comunicación de idiomas, y por esta razón dicen que Cristo, en cuanto hombre, no es hijo natural de Dios, sino hijo adoptivo. Según ellos, la naturaleza humana de Cristo habría sido adoptada filialmente por el Padre al ser asumida por el Verbo en la Encarnación. Y es de esta última filiación –la filiación adoptiva- de la que nos haría partícipes al unirnos a Sí mismo por medio del bautismo.
Aunque acepte que Cristo es Dios y diga verbalmente que es uno, en el fondo Elipando, está concibiendo a Cristo como dos “sujetos”, es decir, como dos personas. Bien se ve la hora de hablar de la maternidad de Santa María. Según Elipando, el título Theotokos sólo puede aplicarse a Santa María in obliquo: Ella es Madre de Dios, porque es Madre del hombre Jesús. Lo de cada naturaleza se atribuye in recto a la naturaleza, puesto que cada una tiene su propio sujeto; y a la única persona sólo se le atribuye in obliquo, es decir en forma indirecta; por esta razón puede decir que uno es el Hijo del Padre, otro el hijo de María, tan otro, que, para ser hijo de Dios, necesita ser adoptado.
Este adopcionismo es rechazado en el a. 785, por el Papa Adriano I en una carta dirigida a los obispos de España, en la que afirma que se trata de una nueva forma del nestorianismo ya condenado por el Concilio de Efeso. Adriano I insite en el rechazo de este adopcionismo en otra carta (año 793) a los obispos de España y de Francia.
El mismo Cristo, argumenta el Papa, significó de sí mismo de quién era hijo cuando afirma que anuncia a los hombres el nombre del Padre. Adriano I prosigue señalando que Jesús se presenta a sí mismo como hijo verdadero y no adoptivo y que esta filiación no sufre menoscabo por la encarnación. Y se fija en que Jesús no utiliza la palabra "nuestro" para dirigirse al Padre. No dijo "Padre nuestro", comenta Adriano, para que no se entendiese que era hijo adoptivo como nosotros. Cur non dixit noster? Quia aliter noster et aliter suus" **.
La doctrina conciliar también insistió en que Jesús, incluso en cuanto hombre, es Hijo natural de Dios. Así lo hacen el Concilio de Frankfurt (a. 794) y el de Friaul (a. 796). El Concilio II de Lyon (a. 1274) reafirmó la unicidad de filiación de Jesucristo al Padre, rechazando expresamente el que se pueda decir de Cristo que es hijo adoptivo:
"creemos que el mismo Hijo de Dios, Verbo de Dios, eternamente nacido del Padre, consustancial, coomnipotente e igual en todo al Padre en la divinidad, nació temporalmente del Espíritu Santo y de María siempre Virgen, con alma racional; que tiene dos nacimientos, un nacimiento eterno del Padre y otro temporal de la madre: Dios verdadero y hombre verdadero, propio y perfecto en una y otra naturaleza, no adoptivo ni fantástico, sino uno y único Hijo de Dios en dos y de dos naturalezas, es decir, divina y humana, en la singularidad de una sola persona" ***. |
La doctrina conciliar no hace más que leer con sencillez la enseñanza del Nuevo Testamento en torno a la unidad de filiación en Cristo. En efecto, tanto a Aquél que ha nacido eternamente del Padre como a Aquél que ha nacido en el tiempo de María Virgen, se le llama Hijo de Dios, Hijo del Altísimo (cf. Lc 1, 32-35), Hijo predilecto del Padre (cf. Lc 3, 22), su propio Hijo (cf. Rom 8, 32). Es indudable que el Nuevo Testamento no atribuye a Jesús dos relaciones de filiación al Padre: una natural y otra adoptiva. Incluso El mismo Señor distingue, como ya anotaba el Papa Adriano, distingue siempre su filiación natural de nuestra filiación adoptiva, pues nunca se refiere a ellas colocándolas en el mismo nivel. Así, p.e., dice a María Magdalena: Ve a mis hermanos y diles: Subo a mi Padre y a vuestro Padre, a mi Dios y vuestro Dios (Jn 20, 17). Pero, a la vez, el Padre es el mismo en ambos casos; y es que de hecho, la filiación de los discípulos al Padre es una participación de la filiación natural del Verbo al Padre.
** Adriano, Epist. Si tamen licet, ad episcopos Hispaniae, 793-794, DS 611.
*** Conc. II de Lyon, 6-VII-1274 (DS 852).